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La Justicia declaró inconstitucional el decreto que transformaba Yacimientos Carboníferos de Río Turbio en una sociedad anónima y modificaba las condiciones laborales

La Justicia hizo lugar a la demanda de ATE y declaró inconstitucionales los artículos del Decreto 115/2025 que transformaban a YCRT en sociedad anónima, garantizando la continuidad del convenio colectivo histórico y los derechos laborales en Río Turbio.

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El Poder Judicial de la Nación hizo lugar a la demanda presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del Decreto 115/2025, que transformaba a Yacimientos Carboníferos de Río Turbio (YCRT) en la sociedad anónima Carboeléctrica Río Turbio.

La sentencia, dictada en el marco del expediente N° 11113/2025, consideró que la norma impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional vulneraba derechos fundamentales como la negociación colectiva, la estabilidad en el empleo público y el principio de progresividad de los derechos laborales.

ATE había advertido que el decreto desconocía la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo 3/75 “E”, suscripto en 1975 con la entonces Yacimientos Carboníferos Fiscales, y que continuaba aplicándose pese a las transformaciones estructurales de la empresa. El artículo 9 del decreto ordenaba iniciar en un plazo de 180 días la negociación de un nuevo convenio, lo que, según el fallo, implicaba “eliminar la ultraactividad” del actual acuerdo laboral y forzar una renegociación a la baja.

En su resolución, el tribunal remarcó que la ultraactividad de los convenios colectivos está garantizada por la Ley 14.250 y respaldada por convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconocen la negociación colectiva como un derecho protegido.

“El avance contra la ultraactividad de los convenios evidencia un ataque contra los trabajadores, forzando la aceptación de cláusulas perjudiciales y derivando en mayor precarización laboral”, señaló el fallo, que citó además recomendaciones de la OIT al Estado argentino en la materia.

Con esta resolución, la Justicia frenó la aplicación de un decreto que pretendía modificar la naturaleza jurídica de YCRT y sus relaciones laborales, asegurando la continuidad del convenio colectivo histórico y los beneficios conquistados por sus trabajadores.

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