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Reforma Laboral: se cobrará 75% del sueldo por enfermedad y 50% por lesiones deportivas

El ministro Federico Sturzenegger detalló el cambio de la Reforma Laboral en licencias para evitar "abusos". Si el problema deriva de un deporte, el salario será a la mitad.

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Tras la media sanción en el Senado de la Reforma Laboral, el Ministro de Regulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, brindó detalles sobre uno de los puntos más sensibles de la normativa: las modificaciones en el pago de salarios durante las licencias por enfermedad o accidentes inculpables (artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo).

En diálogo con Eduardo Feinmann, el funcionario calificó la jornada como un «día histórico» y explicó la «letra chica» del proyecto que busca reducir la litigiosidad y el costo laboral. Ante la consulta de una oyente sobre el artículo 208, Sturzenegger confirmó una reducción en los haberes que percibirán los trabajadores durante sus licencias médicas.

El nuevo esquema de licencias médicas

El ministro justificó los cambios alegando la necesidad de frenar lo que denominó «abusos» y «licencias eternas» que no tenían costo para el empleado. El nuevo sistema establece dos categorías de pago:

  • Enfermedad sobreviniente (75%): Si el trabajador sufre una enfermedad o accidente en el que no tuvo participación activa ni culpa (por ejemplo, una gripe o un problema de salud imprevisto), el empleador abonará el 75% de la remuneración, eliminando el pago del 100% actual.
  • Lesión por actividad voluntaria (50%): Si la inasistencia se debe a una lesión producto de una actividad recreativa o de riesgo asumido por el empleado, el pago se reduce a la mitad. Sturzenegger graficó: «Si te lastimaste jugando al fútbol, o sea, en algo en el cual vos tomaste una acción activa… ahí es el 50%».

«La idea es que también esto apunta a la reducción de estas licencias eternas que había», sostuvo el ministro.

 

Otros puntos clave de la Reforma Laboral

Durante la entrevista, Sturzenegger desglosó otros tres ejes fundamentales del proyecto aprobado en la Cámara Alta:

1. Fin de la «Industria del Juicio»

El ministro aseguró que no se modifica la indemnización por despido (un mes por año trabajado), pero se atacan los costos accesorios que inflaban las sentencias.

  • Actualización de créditos: Se establecen pautas claras para actualizar los montos de las sentencias, evitando tasas exorbitantes.
  • Honorarios de peritos: Cobrarán por su trabajo realizado y no un porcentaje del monto de la sentencia, para evitar incentivos de abultar las cifras.
  • Costas solidarias: Si un juicio resulta ser «una locura» o un «dislate», el abogado patrocinante será solidariamente responsable de las costas.

2. Federalización de la negociación salarial

Se introduce el concepto de prelación, donde los convenios de empresa o regionales podrán prevalecer sobre los convenios nacionales.

  • Sturzenegger usó el ejemplo de Italia para explicar que un convenio único genera desempleo en las zonas menos productivas.
  • «Imaginate una industria en Santiago del Estero o Salta; si vos le ponés una cosa muy rígida (del convenio nacional), no les permitís ajustarse a su situación», argumentó.

3. Transparencia y topes sindicales

El proyecto establece la caída de la ultraactividad en las cláusulas obligacionales (aportes a los gremios), obligando a renegociarlas.

  • Se fijó un tope del 2% para las cuotas solidarias o contribuciones sindicales, que en algunos casos llegaban al 7%.
  • El recibo de sueldo deberá detallar todos los costos laborales, incluidos los aportes patronales y sindicales, para que el trabajador tenga «conciencia» del costo real de su empleo.

 

Flexibilidad y Banco de Horas

Finalmente, el ministro aclaró las dudas sobre las horas extras y las vacaciones. Aseguró que las horas extras se seguirán pagando, pero se habilita el sistema de «banco de horas» para compensar jornadas. «Si no querés trabajar el viernes, podés compensar esas horas los otros días; esas no se pagan como extras porque son compensación», explicó.

Sobre las vacaciones, celebró la legalización del fraccionamiento, permitiendo que el trabajador y el empleador acuerden dividir los días de descanso, algo que ya ocurría «de hecho» pero generaba contingencias legales.

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