Cuando la violación de la intimidad no se castiga – El vacío legal contra la violencia digital en la Argentina

En el país no está tipificada como delito la difusión sin consentimiento de imágenes con contenidos sexuales o eróticos, aunque los daños que provoca son muy profundos.

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“Lo primero que sentís es vergüenza. Y no dormís más porque no sabés hasta qué punto una persona te puede dañar o puede mandarle a cualquier persona esas imágenes en las que estás expuestas. Y pensás: para qué voy a denunciar si no van a hacer nada. Las víctimas no tenemos confianza ni esperanza en la justicia”, dice Camila Segli. Es tucumana, tiene 20 años y estudia Derecho. Como Malen, la candidata a alcaldesa y Ane, la operaria de una fábrica, protagonistas de la exitosa serie española “Intimidad” (Netflix), Camila Seglien 2017 –cuando tenía apenas 16 años– y nuevamente en 2020, fue víctima de la difusión no consentida de material íntimo. Fotos de ella desnuda se difundieron en Facebook y le fueron llegando luego por redes sociales a ella, a su madre, a su padre, a su novio, a sus amigos. Aunque dudó qué hacer, aterrada de hasta dónde podía escalar la agresión, finalmente hizo una denuncia en la Fiscalía Especializada en Delitos Complejos de Tucumán: primero la causa se caratuló como distribución de pornografía infantil y después como extorsión, yterminó cerrada sin identificar al culpable. Es lo que le pasa a la mayoría de las mujeres que sufren en el país esta forma de violencia de género digital: el agresor suele gozar de impunidad.El problema es que a diferencia de España, donde transcurre la serie “Intimidad”,en Argentina todavía no es un delito, aunque en la última década se han presentado más de una veintena de proyectos de reformas legales en el Congreso.Ninguno prosperó.

La serie española

“En Argentina tenemos tristemente un caso como el que muestra la serie “Intimidad”, de una joven que se suicidó por sufrir este delito”, recuerda Camila.

Se refiere a Belén San Román: era policía del Comando de Patrullas Rurales de Bragado, provincia de Buenos Aires. El 30 de noviembre de 2020 con su arma reglamentaria decidió quitarse la vida: tenía 26 años, era madre de dos niños. Su ex novio, Tobías Villarruel, había viralizado un video y fotos íntimas suyas para extorsionarla, hostigarla, amenazarla. Nunca recibió una pena por lo que hizo.

“En este tipo de delitos el agresor nunca se cansa. Lo puede hacer de manera muy impune porque no hay castigo”, dice Camila.

En la ciudad de Buenos Aires y recientemente en Chaco la difusión no consentida de material íntimoes apenas una contravención. “Cuando lo tratamos como contravención las víctimas nos dicen que tienen sabor a poco. Muchas nos han dicho: yo me he querido quitar la vida. Lo que les impacta en el ámbito laboral, social, familiar, es sumamente grave”, advierte a Página 12 la fiscal especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas de la CABA, Daniela Dupuy.

Camila y otras víctimas se han agrupado en distintos colectivos y elaboraron dos proyectos para tipificar las diversas formas de la violencia de género digital y establecer políticas preventivas, que acaba de presentar la diputada Mónica Macha, del Frente de Todos, en la Cámara baja. Mañana se anunciarán en un acto público, con la presencia de Olimpia Coral, una joven mexicana convertida en reconocida activista contra la violencia de género digital luego de sufrir la viralización de un video sexual donde se la veía desnuda, en 2014, cuando tenían 19 años. En México, en más de una veintena de estados y a nivel federal ya se aprobó la llamada Ley Olimpia que tipifica la violencia digital como delito además de considerarla otra forma de violencia de género y promover medidas educativas para proteger a las mujeres. Camila forma parte del colectivo Ley Olimpia Argentina.

El debate en torno a la penalización y el punitivismo

“Desde el feminismo no solo buscamos la punibilidad de las conductas, hay que trabajar con políticas publicas educativas, pero en el mientras tanto no podemos dejar que las víctimas sigan sufriendo las consecuencias que sufren”, destaca la abogada Florencia Zerda, integrante de Género y TIC, autora del libro Violencia de Género Digital, y también impulsora de los dos proyectos de ley que presentó la diputada Macha. Ella –como otras activistas y periodistas feministas– desde hace tiempo es víctima de acoso virtual, que consiste en el envío de material íntimo no solicitado. “Tengo un acosador que me envía videos suyos masturbándose”, cuenta.

“Hay que dar la discusión sobre si la penalización es la única salida dado que el daño ya está hecho cuando se viraliza material íntimo. Por eso desde la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires estamos trabajando en pos de establecer un canal prioritario para lograr la baja de contenidos y en este sentido la responsabilidad de las empresas, como Twitter, Instagram y Facebook es muy importante”, advierte la abogada especializada en Protección de Datos del organismo porteño María Julia Giorgelli. Ese canal prioritario existe en España por ley.

Los casos que se denuncian en la Ciudad son investigados por fiscalía especializada en Delitos Informáticos a cargo de Daniela Dupuy. Como Giorgelli también Dupuy considera que debería tipificarse como un delito.

En 2019 llegaron a la Fiscalía Especializada 73 denunciaspor difusión no consentida de material íntimo; en 2020 –en plena pandemia– 184; en 2021, 111 y en el primer trimestre de 2022, 48 casos, según informó a este diario Dupuy. En 2021 la resolución que dio la Justicia Contravencional fue: 9 condenas, 53 probation, 28 archivos de la causa, y el resto, se pidió elevación a juicio o siguen en trámite. En el primer trimestre del 2022, hubo 9 probation y 2 condenas.

El blog con fotos de colas

Desde la Defensoría del Pueblo vienen acompañando a víctimas de violencia de género digital.

–Trabajamos principalmente con el pedido de la baja de contenidos a las empresas y del resguardo de la prueba. Y acompañamos en ese tránsito en la denuncia en la Justicia Contravencional –señalaGiorgelli.Varias de las causas que le tocó acompañar, precisa, fueron archivadas.

–¿Se suele llegar a los agresores? –le preguntó este diario.

–Es difícil. Porque entre la obtención de la prueba y que se eleva la causa a juicio, las causas muchas veces prescriben. Tuvimos una contra quien tiene un blog donde sube fotos de colas de mujeres que saca en la calle. Intentamos la baja del blog, que es un producto de Google, y las imágenes no se bajan. Hicimos una denuncia por acoso sexual callejero y la causa se archivó. Lamentablemente hay una idea de que lo virtual no daña tanto. Una reforma legal es importante pero la Justicia no es la respuesta ideal. Hay muchos problemas respecto de la obtención de la prueba porque las empresas tienen jurisdicción extranjera. La prueba en el entorno digital es sumamente volátil. Y sobre todo porque lo que las mujeres quieren es que los contenidos se bajen, es decir, que esa imagen no se viralice permanentemente porque quedan exhaustas –señalaGiorgelli.

La posibilidad de frenar la viralización de estas imágenes íntimas es más difícil cuando circulan por redes como WhatsApp y Telegram, donde los mensajes están encriptados.

¿Qué dicen los proyectos?

Uno de los proyectos que impulsan las víctimas tipifica como delito y castiga la obtención, la extorsión y la difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, y/o de material que retrata violencia sexual, y/o prácticas de porndeepfake –cuando se le pone el rostro generalmente de alguna famosa a imágenes de pornografía– con una adecuada perspectiva de género. “Todas estas prácticas dañosas constituyen distintas formas de violencia de género digital”, dice la abogada Florencia Zerda.

El proyecto lleva el nombre de Belén San Román, la joven que se suicidó en Bragado: su padre fue invitado a participar este lunes en la presentación. El texto tiene como base un proyecto que llegó a obtener media sanción en el Senado, aunque incluye algunas modificaciones basadas en otras iniciativasya debatidas en la Comisión de Legislación Penal de Diputados, y toma en cuenta el derecho comparado mexicano y español y el Código Contravencional de la CABA.

El segundo proyecto se llama Ley Olimpia, en homenaje a la activista mexicana, e incorpora la violencia digital o en línea a la Ley 26.485, que es la ley marco para proteger a las mujeres de la violencia machista en sus distintas formas y modalidades. La define como “aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres, sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas, o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC, así como cualquier otra que pueda surgir a futuro ejercida por este medio, que afecte los derechos protegidos de la presente ley.” Además, incorpora la promoción de “programas de alfabetización digital y buenasprácticas en el uso de las TIC.”. Y ordena “a los proveedores de servicios, las empresas de plataformas digitales, redes sociales, o páginas electrónicas, de manera escrita o electrónica la supresión de contenidos que constituyan un ejercicio de la violencia de género digital definida en la presente ley.”

–Hace diez años se presentan proyectos sobre el tema ¿Por qué hay tanta resistencia para legislar sobre violencia de género digital en Argentina? –le preguntó este diario a la abogada Zerda, de la ONG Género y TIC.

— Existe machismo muy arraigado. La resistencia no es solo de las empresas proveedoras de Internet que no quieren que les pidan que bajen sus contenidos y alegan libertad de expresión, también de un montón de personas que están muy mal acostumbradas a consumir los cuerpos de las mujeres como si fueran un objeto público de intercambio en grupos de WhatsApp o Telegram. Hoy en día cualquiera recibe una foto de una mujer en una pose sexy y la reenvía sin ni siquiera preguntarse si esa persona consintió que ese material sea difundido. He hablado con catedráticos, académicos, colegas, que se oponen y me dicen: “¿Cómo vamos a meter a todo el mundo preso por difundir un video?” La idea no es meter a todo el mundo preso. Desde el feminismo no solo buscamos la punibilidad de las conductas, hay que trabajar con políticas publicas educativas, pero en el mientras tanto no podemos dejar que las víctimas sigan sufriendo las consecuencias que sufren.

–¿Qué recomendaciones les dan a las mujeres?

–El resguardo de las imágenes es fundamental. Las chicas muchas veces lo que piden es que se denuncie la cuenta porque desde ahí la están acosando. La persona o se da de baja sola o Instagram termina cerrando la cuenta. Lo que pasa es que cuando querés hacer la denuncia, si la cuenta está cerrada ya no podemos rastrearla. La captura de pantalla de la cuenta sirve pero no me va a servir si no puedo rastrear a la persona. Lo importante, si quieren denunciar –porque muchas veces no quieren hacerlo– es tratar de resguardar la conversación o que esa cuenta que está agrediendo siga vigente porque si no la investigación judicial se ve frustrada –explicaZerda.

Camila Seglicuenta que estuvo haciendo dos años terapia por trastornos de ansiedad luego de sufrir la difusión no consentida de fotos íntimas en redes sociales. “Borré mis redes sociales por el acoso virtual. Una empieza a asustarse por muchísimas cosas. Hasta el día de hoy salgo con miedo a la calle. Lo virtual es real. Daña totalmente la integridad de la persona. No queremos que esto siga sucediendo ni que cueste la vida de nadie”, dice.

Las historias que refleja en la ficción la serie “Intimidad” están basadas en lo que vivieron dos mujeres reales: Olvido Hormigo, una concejal española del PSOE del pueblo Los Yébenes, en Toledo, que se vio obligada a renunciar después de la viralización de un video erótico en 2012 y Verónica, una empleada de la fábrica IVECO, ubicada en el nordeste de Madrid, de 32 años, que se terminó suicidando el 15 de mayo de 2019.

¿Qué pasa en otros países?

Las legislaciones internacionales son de carácter variado e incluyen penas de prisión, multas dinerarias, la orden para que los proveedores de internet retiren el material, agravantes para el caso de que las partes hubieran tenido una relación sexo afectiva, y algunas otras variantes.

De acuerdo con los fundamentos del proyecto de Ley Belén, algunos de los que ya cuentan con una legislación que castiga esta conducta son Australia, Filipinas, Japón, Nueva Zelanda, Canadá, Reino Unido, Alemania, España, Puerto Rico, Sudáfrica, Brasil, México, Italia, Uruguay, Nicaragua, Brasil, República Dominicana Francia, Escocia, Alemania, Malta, Irlanda, Eslovenia, en la mayoría de los estados de EE.UU. ya existen leyes, además de que se han presentado propuestas para obtener una ley federal.En cuanto a la situación regional, el proyecto señala en los fundamentos, que Brasil criminaliza el registro y almacenamiento no autorizado de la intimidad sexual, el montaje en fotos, videos y audios que incluyan a una persona en escenas íntimas y tipificó los crímenes de importunidad sexual y de divulgación de imágenes de violencia sexual.Chile criminaliza al que en lugares públicos o de libre acceso público capte, grabe, filme o fotografíe imágenes, videos o cualquier registro audiovisual de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento, así como al que difunda dichas imágenes, videos o registro audiovisual.

¿Dónde asesorarse o denunciar?

Defensoría del Pueblo de CABA consultas@defensoria.org.ar

Ministerio Público Fiscal de CABA. Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDyCI)

Organización Genero y TIC@genticorg

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