Lo más importante:
* El Estado puede aportar una contribución de hasta el 50% del valor de un auto nuevo de industria nacional.
* El % del beneficio puede variar si el auto es nacional o importado.
* El beneficio también puede alcanzar a instituciones de rehabilitación sin fines de lucro reconocidas.
* El auto adquirido con este régimen es inembargable por 4 años.
* Durante 4 años no se puede vender, donar ni transferir (salvo excepciones que defina la reglamentación).
* Si se incumplen las reglas, se puede exigir la devolución total del aporte.
* El Registro del Automotor deja asentada la restricción para evitar transferencias irregulares.
* Se adopta el Símbolo Internacional de Acceso como distintivo.
Dato clave: es una ley histórica (usa términos antiguos), pero reconoce algo central: la movilidad como condición para la inclusión.


