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ANSES ACTUALIZARÁ LOS HABERES DE FORMA INMEDIATA AQUIENES TENGAN UNA SENTENCIA POR REAJUSTE

Luego de años de no liquidar los ajustes de haberes de las sentencias firmes dispuestas por la Justicia, ANSES tomó la decisión de separar la actualización del haber mensual en las nuevas sentencias, del pago del retroactivo. De este modo, a partir de ahora, los jubilados y pensionados que obtengan una sentencia firme por reajuste comenzarán a cobrar el monto mensual actualizado en el plazo que estipula la ley.

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Al respecto, el director ejecutivo de ANSES, Mariano de los Heros, expresó:
“Desde hace décadas, jubilados y pensionados reclamaron sin respuesta que
ANSES ajuste sus haberes según lo determinado en su sentencia firme y que no
es, ni más ni menos, que lo que les corresponde luego de toda una vida de
trabajo. Para terminar con esta situación injusta, tomamos la firme decisión de
que todo jubilado que obtenga una sentencia firme tenga actualizado su haber
previsional de forma inmediata”. Y agregó: “Este es un claro gesto de que
ANSES está cambiando. Este es nuestro compromiso y el del Ministerio de
Capital Humano: la transparencia, el servicio y la eficiencia”.
El nuevo plan para el pago de las sentencias judiciales optimiza el proceso de
actualización de los haberes evitando demoras innecesarias y reduciendo,
significativamente, el tiempo de resolución, que era de 650 días hábiles a un
máximo de 120 días.
Con respecto a los haberes mensuales de los titulares que, a la fecha de la
actual resolución, están a la espera de ser actualizados, se procederá a
realizar un proceso extraordinario para su reajuste en el menor tiempo
posible.

En una segunda etapa se implementará un nuevo orden para el pago de los
retroactivos, priorizando la antigüedad de las sentencias, pero sin
desatender situaciones especiales como las enfermedades terminales

Además de resolver esta grave situación que lleva décadas perjudicando a
jubilados y pensionados a los que la Justicia les dio la razón, este cambio
supone un ahorro significativo para el Estado, ya que elimina la generación
de intereses, costas y gastos adicionales en perjuicio de ANSES por la
injustificada litigiosidad adicional por la ejecución de la sentencia.

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