InicioNacionalesMilei promulgó la reforma laboral: qué cambia desde ahora en el mundo...

Milei promulgó la reforma laboral: qué cambia desde ahora en el mundo del trabajo

La nueva Ley de Modernización Laboral ya está vigente y modifica aspectos centrales del régimen laboral argentino. Cambia el cálculo de indemnizaciones, redefine el vínculo laboral en plataformas digitales, crea un fondo para cubrir despidos y establece nuevas reglas para huelgas, sindicatos y convenios colectivos.

Publicada en

El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, una de las reformas estructurales impulsadas por el Gobierno nacional que introduce cambios profundos en el funcionamiento del mercado de trabajo en la Argentina.

La norma, sancionada por el Congreso el pasado 27 de febrero y promulgada a través del Decreto 137/2026, modifica varios aspectos de la histórica Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y establece nuevas reglas para indemnizaciones, negociación colectiva, servicios mínimos en huelgas y el trabajo en plataformas digitales.

El texto fue firmado además por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

La reforma comenzará a tener efectos inmediatos en varios puntos, mientras que otros mecanismos —como el nuevo fondo para indemnizaciones— entrarán en vigencia en los próximos meses.

Cambios en la relación laboral

Uno de los primeros cambios es la redefinición del concepto de relación laboral. La ley establece que el trabajo es toda actividad lícita prestada a favor de quien tiene la facultad de dirigirla a cambio de una remuneración.

Sin embargo, la reforma limita la presunción automática de relación de dependencia cuando existan facturas emitidas o pagos bancarios, lo que en la práctica puede modificar la interpretación judicial en casos de trabajadores monotributistas o contrataciones híbridas.

Además, la norma excluye expresamente del régimen laboral tradicional a los trabajadores independientes, a quienes prestan servicios a través de plataformas digitales y a las personas privadas de libertad.

Cómo quedan las indemnizaciones por despido

La ley mantiene el principio de un mes de sueldo por cada año trabajado en caso de despido sin causa.

Sin embargo, introduce un cambio importante en el cálculo: la indemnización se determinará sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, considerando habitual únicamente a los conceptos que hayan sido cobrados al menos seis meses en los últimos doce.

Otro punto clave es que la norma establece que la indemnización laboral será la única reparación económica frente al despido, lo que limita la posibilidad de iniciar reclamos civiles paralelos, salvo en casos donde exista un delito penal.

Se crea un fondo para pagar despidos

Uno de los ejes centrales de la reforma es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL).

Se trata de patrimonios específicos que deberán constituir las empresas para cubrir eventuales indemnizaciones por despido.

El aporte será mensual y obligatorio:

  • 1% del salario para grandes empresas
  • 2,5% del salario para micro, pequeñas y medianas empresas

Estos fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y entrarán en vigencia el 1 de junio de 2026, aunque el Poder Ejecutivo podrá extender ese plazo hasta seis meses más.

Las empresas que integren el sistema tendrán reducciones equivalentes en sus contribuciones patronales.

Cambios para trabajadores de plataformas

La reforma incorpora por primera vez un régimen específico para plataformas digitales como las de reparto o transporte.

La ley establece que quienes trabajen en estas aplicaciones serán considerados trabajadores independientes, no empleados en relación de dependencia.

Las plataformas deberán garantizar:

  • Seguro de accidentes personales
  • Acceso a capacitaciones
  • Canales digitales para reclamos

A su vez, los prestadores mantendrán libertad para definir horarios, conectarse cuando quieran o rechazar pedidos.

Más servicios mínimos en caso de huelga

La reforma también modifica las reglas de los conflictos laborales.

A partir de ahora, en los servicios esenciales deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75% de la actividad durante una huelga.

En actividades consideradas de importancia trascendental, el mínimo será del 50%.

Además, la ley amplía la lista de servicios esenciales e incluye sectores como:

  • telecomunicaciones
  • recolección de residuos
  • aeronáutica comercial
  • seguridad privada

Mientras que entre las actividades trascendentales se suman:

  • transporte terrestre
  • industria alimenticia
  • sistema bancario y financiero
  • actividades vinculadas a exportaciones.

Cambios en convenios colectivos y aportes sindicales

La ley también introduce modificaciones en el funcionamiento de los convenios colectivos de trabajo.

Cuando un convenio venza, solo se mantendrán vigentes sus cláusulas normativas hasta que se firme uno nuevo. Las cláusulas obligacionales —como aportes o compromisos institucionales— solo continuarán si ambas partes lo acuerdan.

También se establecen límites a los aportes establecidos en convenios colectivos:

  • hasta 0,5% del salario para cámaras empresarias
  • hasta 2% para asociaciones sindicales, sin contar las cuotas de afiliación voluntaria.

Incentivos para registrar trabajadores

El Gobierno también incluyó un paquete de incentivos para fomentar la formalización laboral.

Entre ellos aparece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que tendrá una vigencia inicial de un año.

Las empresas que contraten trabajadores no registrados o desempleados pagarán solo el 2% de contribuciones patronales durante los primeros cuatro años.

Además se crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permitirá regularizar trabajadores con condonaciones de hasta el 70% de las deudas previsionales acumuladas.

Cambios que llegarán en 2027

La reforma también establece que a partir del 1 de enero de 2027 quedarán derogados varios estatutos laborales especiales, entre ellos:

  • el de viajantes de comercio
  • el de periodistas profesionales
  • el de trabajadores del vidrio

Todos esos sectores pasarán a regirse por el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo.

Al mismo tiempo, la ley avanza en el proceso de transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad de Buenos Aires, aunque las causas actuales seguirán tramitándose bajo el sistema vigente hasta completar la transición.

Últimos Articulos

Intriga en el Edificio Centinela: ¿por qué el gendarme Nahuel Gallo no puede volver a su casa?

El gendarme Nahuel Gallo, recientemente rescatado de su cautiverio en Venezuela, visitó este jueves...

Tolhuin vivirá un fin de semana con propuestas deportivas, turísticas y culturales

Una de las actividades será el lanzamiento oficial de la primera fecha del Campeonato...

ARA San Juan: Para la fiscalía “fue un desenlace previsible por el estado del submarino”

Este jueves se desarrolló la tercera audiencia del proceso a los cuatro exjefes de...

Desde Tolhuin, Laura Colazo destacó el llamado de Harrington a sostener la unidad política

En diálogo con Radio La Isla, Colazo calificó el discurso del intendente como “más...

Más Noticias

Intriga en el Edificio Centinela: ¿por qué el gendarme Nahuel Gallo no puede volver a su casa?

El gendarme Nahuel Gallo, recientemente rescatado de su cautiverio en Venezuela, visitó este jueves...

Tolhuin vivirá un fin de semana con propuestas deportivas, turísticas y culturales

Una de las actividades será el lanzamiento oficial de la primera fecha del Campeonato...

ARA San Juan: Para la fiscalía “fue un desenlace previsible por el estado del submarino”

Este jueves se desarrolló la tercera audiencia del proceso a los cuatro exjefes de...