InicioInteres GeneralLavado de activos: la UIF actualizó los umbrales para operaciones con automotores

Lavado de activos: la UIF actualizó los umbrales para operaciones con automotores

La Unidad de Información Financiera fijó la obligación de definir un perfil de cliente cuando la operación sea por un monto anual igual o superior a la suma de $60 millones. Además, se elimina la obligación de presentar reportes sobre cédulas azules.

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La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó los umbrales para operaciones sobre automotores y fijó la obligación de definir un perfil de cliente cuando la operación sea por un monto anual igual o superior a la suma de $60.000.000. Además, se elimina la obligación de presentar reportes sistemáticos sobre la expedición de cedulas azules.

La medida se implementó a través de la Resolución 71/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma establece que el perfil del cliente deberá estar basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria.

Esta documentación incluye «declaraciones juradas de impuestos; copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; certificación extendida por contador público matriculado indicando el origen de los fondos; documentación bancaria de donde surja la existencia de los fondos; documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; o cualquier otra que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación».

La resolución prevé prevé la posibilidad de que el monto establecido se actualice de manera automática en enero y julio de cada año en base al porcentaje de incremento de índice de precios del sector automotor acumulado en los últimos 6 meses, a partir del día hábil siguiente de la fecha de publicación en el sitio web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).

Además, como consecuencia de la derogación de la normativa sobre expedición de cédulas de identificación para autorizados a conducir por parte de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, se elimina la obligación de presentar reportes sistemáticos sobre la expedición de cédulas azules.

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