En el fallo que desestimó las acciones de inconstitucionalidad contra el llamado a elecciones de convencionales constituyentes, Battaini fue categórica: “Ese es el principio de la democracia, quedando reservada la actuación de este Poder Judicial para los supuestos en los que medie una violación a los procedimientos que rigen su accionar”, sentenció, trazando una clara línea divisoria entre los poderes del Estado.
La jueza recordó que el propio Lechman, como integrante del bloque Somos Fueguinos, participó activamente del debate legislativo que concluyó con la aprobación de la Ley 1529, que declaró la necesidad de reformar la Constitución provincial. En ese contexto, subrayó que, tras no lograr frenar la sanción de la norma, el legislador impulsó luego un proyecto para derogarla. “Es decir, el ahora actor intentó por vía legislativa la derogación de la norma que luego aquí vino a cuestionar”, remarcó.
Para Battaini, la decisión de acudir al Poder Judicial no fue más que una búsqueda alternativa tras haber fracasado en el plano legislativo. “Se advierte que, al no obtener un resultado favorable a sus intereses en el ámbito de sus funciones, acude al auxilio de otro poder del Estado, a efectos de obtener una respuesta que satisfaga su pretensión”, escribió en su voto.
La magistrada también denunció que este tipo de maniobras políticas —trasladar disputas legislativas al plano judicial o incluso a los medios mediante denuncias penales sin fundamento— se ha vuelto una práctica reiterada que desvirtúa la esencia del sistema democrático. “No me refiero al caso en el que se violen los procedimientos legislativos o se impida el ejercicio de las atribuciones de los representantes, sino al inicio de acciones judiciales o, aún más inentendible, temerarias denuncias penales y su publicitación por los medios, con el fin de involucrar al Poder Judicial y al poder de la prensa, obteniendo propaganda”, sostuvo.
En ese sentido, Battaini citó doctrina y jurisprudencia que advierten sobre los riesgos de “judicializar la política”, una práctica que “desconoce el resultado del juego democrático basado en mayorías y minorías”.
Finalmente, la jueza ratificó que el proceso legislativo de la Ley 1529 fue válido, transparente y contó con la participación de todos los sectores. Por ello, consideró que tanto la presentación de Lechman como la del ex concejal Paulino Rossi “carecen de fundamentación” y debían ser rechazadas, decisión que fue acompañada por los jueces Carlos Gonzalo Sagastume, Edith Miriam Cristiano y Javier Darío Muchnik.