El juez Bava volvió a citar a Macri a indagatoria para el próximo miércoles

Luego del decreto firmado por el Ejecutivo nacional, el ex presidente tendrá que presentarse nuevamente en el juzgado de Dolores para declarar por el espionaje ilegal. La AFI macrista realizó tareas de inteligencia contra los familiares de los tripulantes del submarino en el que perdieron la vida todos sus tripulantes.

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El juez federal de Dolores Martin Bava volvió a citar a declaración indagatoria al expresidente Mauricio Macri para el próximo miércoles 3 de noviembre a las 12, tras la suspensión de ayer y la firma del decreto presidencial que lo relevó de la obligación de guardar secreto de Estado, en la causa por supuesto espionaje ilegal a familiares de víctimas del submarino ARA San Juan, hundido en 2017, informaron fuentes judiciales.

El presidente Alberto Fernández firmó anoche el decreto para relevar al exmandatario Mauricio Macri del deber de guardar secreto sobre asuntos de inteligencia, un paso necesario para que el exjefe de Estado brinde declaración indagatoria en la causa por presunto espionaje ilegal a familiares de víctimas del ARA San Juan, informaron fuentes oficiales.

A través del decreto 750, al que tuvo acceso Télam, el mandatario relevó a Macri de la «obligación de guardar secreto y confidencialidad, en el marco de la causa No 8559/20 caratulada ‘Iuspa Benítez, Nicolás y otros s/Averiguación de delito querellante: Mereles, Andrea Alejandra y otros'».

El jefe de Estado tomó esa determinación «visto el requerimiento formulado por el Juez a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, Provincia de Buenos Aires», en referencia al magistrado Martín Bava, «en el marco del legajo reservado FMP No 8559/2020/3 correspondiente a la causa No 8559/20 y lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 25.520, su modificatoria Ley N° 27.126».

En los considerandos, Fernández consignó que relevó al expresidente por su condición de «imputado de un delito de acción pública, y con el fin de posibilitar el pleno ejercicio del derecho de defensa del imputado, así como la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales».

«Corresponde relevar al imputado del deber de secreto y confidencialidad que establece la normativa vigente», completó Fernández.

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