La desafectación como calle vehicular y posterior afectación para uso peatonal obedece a lo dado cuenta por la Dirección de Tránsito Municipal, área responsable de la gestión y ordenamiento del tráfico, tareas que en dicha arteria conllevan una gran dificultad debido a los serios inconvenientes que presenta el camino, generando constantes peligros viales para conductores, peatones y vecinos que viven en zonas aledañas.
Asimismo, la Ordenanza 640 establece que la futura 1° peatonal de Tolhuin, antigua vía de ingreso y egreso a la ciudad, estará destinada a actividades recreativas, culturales y de fomento al turismo, comercio de artesanos y productores locales y al esparcimiento de la comunidad en su conjunto.
Cabe destacar que el texto completo de esta y de toda la legislación municipal es de acceso público en concejodeliberantetolhuin.gob.ar.