El Juzgado Civil y Comercial N° 2 del Distrito Judicial Sur dictó una resolución clave en el caso de Leolabs Argentina S.R.L., la empresa vinculada a la instalación de un radar en Tolhuin. Si bien rechazó el pedido de disolución impulsado por la Inspección General de Justicia (IGJ), el tribunal avanzó de oficio y resolvió la nulidad de la inscripción de la sociedad, generando un fuerte impacto jurídico y político en la provincia.
El fallo judicial analizó la demanda presentada por la IGJ, que solicitaba la disolución y liquidación de Leolabs al considerar que la empresa enfrentaba una imposibilidad sobreviniente de cumplir su objeto social, luego de que el Estado nacional cancelara la autorización para operar el radar en Tolhuin por motivos de defensa y seguridad nacional.
Sin embargo, el tribunal entendió que dicha imposibilidad no era absoluta ni definitiva, ya que la empresa aún mantiene recursos administrativos en trámite e incluso podría recurrir a la vía judicial. En ese sentido, aplicó el principio de conservación de la empresa, previsto en la Ley General de Sociedades, y rechazó el pedido de disolución.
No obstante, el juez avanzó en un análisis propio sobre el interés público comprometido. A partir de informes del Ministerio de Defensa y del contexto general del caso —marcado por cuestionamientos sobre soberanía y seguridad—, concluyó que el objeto social de la firma podría afectar intereses superiores.
En base a ello, resolvió declarar la nulidad de la inscripción de Leolabs Argentina S.R.L., lo que implica la cancelación de su registración en la provincia y, en la práctica, le impide operar legalmente en Tierra del Fuego. La medida se adoptó de oficio, es decir, sin haber sido solicitada expresamente en esos términos por la IGJ.
El fallo también reconoce la fuerte sensibilidad social que rodea al caso, especialmente en Tierra del Fuego, donde el radar fue vinculado por distintos sectores con posibles implicancias geopolíticas y de soberanía, en un contexto atravesado por la historia del conflicto de Malvinas.
Finalmente, se trata de una decisión de primera instancia, por lo que puede ser apelada por las partes. El futuro de la empresa y del proyecto tecnológico en Tolhuin quedará ahora sujeto a las instancias judiciales superiores.


