InicioGremialesImpulsan un proyecto de ley para reformar el directorio de la OSEF

Impulsan un proyecto de ley para reformar el directorio de la OSEF

En el proyecto se busca eliminar la figura del vicepresidente y mantener a los dos vocales, uno por el sector pasivo y otro por el sector activo. Se establece la transferencia automática de aportes y contribuciones en un plazo de 5 días hábiles.

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 Los directores activos de la OSEF y de la Caja de Previsión Social, Adriana Soria y Norma González, respectivamente, presentaron un proyecto de «Ley de fortalecimiento de la autarquía, participación democrática e integridad institucional en la Obra Social del Estado Fueguino”, mediante el cual busca devolverle a la obra social su capacidad de autogestión y garantizar que las trabajadoras y trabajadores tengan una incidencia real en las decisiones.

El asunto fue presentado ante la Legislatura de la Provincia, para que sea analizado en la Comisión de Salud y Previsión Social.

En la iniciativa se busca ejecutar el mandato del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 16 de la Constitución Provincial, que garantizan el derecho de las beneficiarias y beneficiarios a administrar sus instituciones de seguridad social.

Los ejes centrales del proyecto, son los siguientes:

-Se elimina la figura del vicepresidente designado por el Poder Ejecutivo para terminar con el desequilibrio estructural actual.

-El nuevo directorio estará compuesto por un presidente (designado por el Ejecutivo) y dos vocales electos por voto directo (uno por el sector activo y uno por el sector pasivo). Esto garantiza un equilibrio en el directorio y evita la mayoría automática que tiene en la actualidad el Gobierno de la Provincia, garantizando que las vocalías de las trabajadoras y trabajadores deje de ser una minoría.

-El presupuesto de la OSEF será tratado y aprobado por una ley específica e independiente al presupuesto general de la provincia, evitando que sus recursos sean condicionados por las prioridades fiscales del Poder Ejecutivo o el Ministerio de Economía.

-Se establece la transferencia automática de aportes y contribuciones en un plazo de 5 días hábiles. Se termina la discrecionalidad: si el Estado provincial, municipios o entes no pagan se generan intereses automáticos y facultará al directorio a iniciar acciones judiciales directas sin necesidad de agotar instancias administrativas ni depender de la fiscalía de Estado.

-Se incorporan mecanismos de control democrático como la publicación trimestral detallada de la ejecución presupuestaria y contratos, además de la realización de audiencias públicas anuales.

-Para intervenir la obra social se requerirá una mayoría agravada de dos tercios de la Legislatura y se deberá garantizar la continuidad de los vocales electos en un Consejo Consultivo.

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