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Cada vez son más los deudores alimentarios

En los últimos 12 meses fueron incorporadas al listado un total de 16 personas tras verificarse la falta de pago de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, conforme a lo establecido en la Ley Provincial 531.

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El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la provincia actualizó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) al 20 de febrero de 2026, alcanzando un total de 112 personas que incumplen con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos.

La última actualización del listado del REDAM fue publicada en el Boletín Oficial del viernes 27 de febrero último, en el que figuran como nuevas incorporaciones las siguientes personas:

Javier Alejandro Campos quien fue incorporado al listado el 23/9/25; Leandro Darío Armani (28/11/2025); Roberto Alfredo Díaz (3/9/2025); Gómez Maximiliano Raúl (13/11/2025); López Mencia Hugo Hernán (26/11/2025); Naguil Segura Luis Sebastián (11/9/2025); Rolin Daniel Alejandro (28/11/2025); Tomé Vicente (13/11/2025) y Franco Carlos Guillermo quien fue inscripto el 11/2/2026.

En la publicación anterior realizada en el mes de agosto, habían ingresado al REDAM Guido Gastón Silva (19 de mayo); Richard Quispe (29 de mayo); Máximo Medina Rojas (5 de junio); Miguel Alejandro Segurado (17 de junio); Ramón Alejandro González (15 de julio); Héctor Ricardo D’Amico (31 de julio); Emanuel Ezequiel Godoy (13 de agosto).

En 2020, durante la pandemia, el listado estaba compuesto por 67 deudores y, en cinco años, se sumaron 45, de los cuales 16 fueron incorporados en el último año.

La Ley Provincial 531 obliga a hacer público el registro de personas incumplidoras de la cuota alimentaria. En el Registro de Deudores Alimentarios Morosos figuran todos aquellos que adeuden total o parcialmente tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, siempre que entre la primera y la quinta no hayan transcurrido más de 24 meses ya sea por alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme.

Entre las sanciones previstas en la ley los deudores morosos de cuotas alimentarios quedan inhabilitados para actuar como proveedores o contratistas de todos los organismos del Estado provincial.

También quedan inhabilitados para la apertura de cuentas corrientes, otorgamientos de créditos o cualquier otro tipo de operación financiera o comercial en el Banco de Tierra del Fuego.

Aquellos que figuran en el REDAM quedan inhabilitados para su inscripción como postulantes a adoptantes. En este caso, las autoridades de la Dirección de Minoridad y Familia serán responsables de requerir al postulante la certificación de libre deuda.

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