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Vacaciones: recuerdan qué productos no se pueden ingresar a Tierra del Fuego – hay nueve puestos de control

La advertencia emitida desde el SENASA abarca a los visitantes que decidan vacacionar tanto en la provincia más austral como en los demás distritos patagónicos, zona protegida. Incluye productos de origen animal y vegetal, madera, plantas y otros.

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) brindó recomendaciones a los viajeros respecto a los productos y subproductos de origen animal y vegetal que no se deben trasladar hacia Tierra del Fuego y las demás provincias de la Patagonia al sur del río Colorado.

Según da cuenta el comunicado oficial difundido este miércoles por el organismo gubernamental, el objeto del mismo es concientar a la población que decida emprender viaje al sur en el período de vacaciones de invierno, buscándose evitar el ingreso de plagas y enfermedades. 

Cabe recordar que la Patagonia está libre de enfermedades que sí están presentes en otros lugares del país, por lo cual se deben adoptar todas las medidas precautorias para que ello no ocurra: por ejemplo, la región patagónica se encuentra libre de aftosa sin vacunación.

En cuanto a los controles, desde el SENASA se especificó que éstos se desarrollan en los distintos puntos de ingreso a la región, como ser en rutas, puertos y aeropuertos, las 24 horas los 365 días del año.

En el Centro Reginoal Sur -comprende las provincias de Santa Cruz, Chubut y Tierra del Fuego- hay nueve (9) puestos, donde se revisan los transportes de pasajeros y las cargas comerciales.

Productos que NO se deben llevar a la Patagonia:

  • Los de origen vegetal hospederos de plagas como mosca de los frutos, polilla de la vid o HLB que no están presentes en la Patagonia.
  • Los de origen animal, que puedan portar virus y otros patógenos ausentes en Patagonia, y/ o sobre los que no pueda garantizarse su trazabilidad e inocuidad.
  • Madera en bruto (como durmientes, vigas, tirantes y tablas) de quebracho colorado y quebracho blanco, ya que requiere de un tratamiento cuarentenario para poder ingresar.
  • Material de propagación: plantas o partes de plantas, ya que requieren de documentación sanitaria que puedan garantizar su sanidad y trazabilidad.
Fuente: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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